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29.- Procedimiento para identificar una central local 17 A de
Cruz Ambar, A. P.
29.1.- El frente de fachada debe estar pintada de blanco con una
franja transversal de color ambar, proporcionalmente estética,
ribeteada de negro.
29.2.- Debe aparecer muy bien visibles los dos escudos de la
Institución, en tamaño proporcional y adecuado con los colores
oficiales: El Escudo de Radio Brigada de auxilio se pintará del
lado izquierdo y el de la Cruz Ambar del lado derecho.
29.3.- Con letras en medio de los dos escudos: ASISTENCIA PRIVADA
CRUZ AMBAR, A.P. y debajo de éste con letras de igual color, pero
de menor tamaño:
"Radio Brigada de Auxilio de la República Mexicana" y
además deberá aparecer:
29.4.- El nombre completo de la Delegación.
29.4.1.- Nombre completo de la localidad.
29.4.2.- Dirección de la Base, teléfono y telefax.
30.- Para mayor identificación de nuestra institución ante
las autoridades y ante la ciudadanía:
30.1.- Es conveniente y provechoso colocar anuncios perfectamente
visibles en las entradas y salidas de la localidad (poblado o
ciudad), con los mismos datos que se pongan en la 17 A.
30.2.- Estos anuncios deberán ser, de preferencia, reflejantes.
30.3.- Se debe contar con la publicidad con el permiso de las
autoridades competentes.
31.- Elementos que proceden como indispensables en la central
17 A de la Cruz Ambar.
31.1.- Un archivo debidamente ordenado y actualizado en que deben
aparecer:
31.1.1.- El permiso de la Central Nacional 17 B otorgó para la
constitución de la Delegación Municipal o Estatal, según sea el
caso.
31.1.2.- El acta constitutiva del Primer Patronato.
31.1.3.- El acta Protocolizada, el registro federal de
contribuyentes y el permiso de l a fiscal federal para obtener
deducibles de impuestos sobre la renta.
31.1.4.- El Libro de Actas con la Secuencia de todas las
asambleas ordinarias y extraordinarias.
31.1.5.- El Libro de registro de socios y aspirantes.
31.1.6.- Los Bloks de recibos foliados para deducibles de
impuestos.
31.1.7.- El inventario de Recursos Humanos, materiales e
institucionales.
31.1.8.- El libro de ingresos y egresos económicos.
31.1.9.- El álbum fotográfico con los momentos más relevantes
de la delegación.
31.1.10.- Los principales datos históricos de la Delegación,
acompañados de recortes de periódicos, oficios de servicios
oficiales y de reconocimiento de los mismos.
31.1.11.- La sección de solicitudes de los socios, en la copia
que le corresponda y, en cada expediente, el informe sobre el
seguimiento del proceder del socio que se elabora cada año de
servicio.
31.1.12.- Los reportes de servicio que han prestado, debidamente
ordenados y separados por años.
31.1.13.- La papelería membretada, de acuerdo a como lo estipula
este mismo manual.
31.1.14.- Los sellos oficiales de la institución con el carácter
Municipal o Estatal.
31.1.15.- Los comprobantes de pagos efectuados a la Tesorería
Estatal o Nacional.
31.1.16.- La Bandera Nacional, colocada con decoro en una urna
apropiada, en lugar preferente del local.
31.1.17.- Los Radio transmisores- Receptores de 11 y 2 metros de
frecuencia.
31.1.18.- El Banderín con los escudos de la Institución. El
fondo negro, de 57 a 60 cm. de ancho por 90 cm. de
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largo, con ribete de barbillas, color ambar de 7 cm.
En la parte superior con
letras ambar:
"ASISTENCIA
PRIVADA"
CRUZ AMBAR, A.P.
El Escudo
DELEGACION MUNICIPAL
(ESTATAL)
- Nombre del Municipio o Estado.
32.- Procedimiento para elaborar papelería y Banderines
oficiales.
32.1.- Cada delegación, ya sea Municipal, Estatal o Nacional,
debe tener su papelería propia.
32.2.- En toda la institución debe conservar uniformidad de
presentación, tanto en el formato como en la distribución.
32.2.1.- En la parte superior izquierda deberá llevar el
logotipo de "Radio Brigada de auxilio de la República
Mexicana, A. C."
32.2.2.- En la parte superior derecha debe ponerse el logotipo de
la cruz ambar (sin viborita).
32.2.3.- Entre ambos logotipos con letras suficientemente
legibles y caracteres mayúsculas:
"Asistencia privada CRUZ AMBAR, A. P."
32.2.4.- Inmediatamente abajo, con letras un poco más pequeñas:
"Radio Brigada de auxilio de la República Mexicana, A.
C."
32.2.5.- En seguida los datos correspondientes a la Delegación:
Dirección completa, C. P., teléfono, fax numeral de la misma,
R.F.C.
3.- Procedimiento para elaborar y distribuir Escudería y
Material patentado como propiedad de la institución.
33.1.- Se debe mantener un control estricto sobre la producción
y distribución de este material por varias razones:
33.1.1.- Para conservar la uniformidad del diseño y la calidad
del material.
33.1.2.- Para evitar que alguien lucre o compita en precios, en
una institución que por naturaleza no tiene más pretensiones.
33.2.- El Director General Nacional es el encargado de la
Producción de escudería, calcomanías y de todo material propio de
nuestra institución.
33.3.- La distribución del Material se hará a través de la
Delegación Nacional.
33.3.1.- Esta Delegación podrá facilitar el servicio a través
de los Delegados de la región.
33.4.- Es requisito indispensable para obtener este servicio que
la delegación a la que pertenecen los socios interesados:
33.4.1.- Esté al corriente en el pago de sus anualidades con la
Tesorería Nacional.
33.4.2.- Que de no ser el Delegado, el comandante o algún otro
miembro del Patronato en vigor, todos los demás socios deben
presentar su identificación personal que los acredita como socios
en vigor.
33.4.3.- Cuando la adquisición sea mayor al consumo personal
deben nombrar, además de su identificación personal, la autorización
escrita de su Delegado Municipal o Estatal.
33.5.- Se procurará, por todos los medios evitar la
competitividad en presión, ya que la política del Comité
Ejecutivo Nacional es mantener lo más bajo y económico que sea
posible.
34.- Procedimiento para identificar las ambulancias y las
unidades de apoyo.
34.1.- Las ambulancias.
34.1.1.- El color debe ser blanco marfil en su totalidad.
34.1.2.- Con una franja de 25 cm. color ambar, ribeteada de negro
de 2.5 cm.
34.1.3.- Esta franja rodeará todo el vehículo por su parte
media.
34.1.4.- En cada una de las portezuelas deberá llevar una
calcomanía grande (30 cm.) de la Radio Brigada de auxilio.
34.1.5.- Los letreros deben decir únicamente CRUZ AMBAR, A.P.
34.1.6.- Abajo, Delegación (a la que pertenecen) Estado....
34.1.7.- El número que deberán llevar las ambulancias:
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Ejem. UP-300-01 Pue.
- UP significa = Unidad Paramédica
- 300 significa = el Numeral de la Delegación.
- 01 (02, 03 ect.) = el número de ambulancia
- Pue (Qro.) = el Edo. al que pertenece.
Este número lo deben llevar en cada una de las cuatro esquinas.
34.1.8.- Al frente, con letras grandes, en color negro "AICNALUBMA"
para que cuando se lea en el espejo retrovisor se lea AMBULANCIA.
34.1.8.- En la parte de atrás debe llevar: en el lado izquierdo
La cruz ambar (6 brazos) de 30 cm. y en el lado derecho la calcomanía
grande (30 cm.) de la Radio Brigada.
Abajo = AMBULANCIA con caracteres grandes, en color negro.
34.1.8.- En la parte de arriba debe llevar las diademas o
torretas rojas y sirena electrónica o de aire pero que se siga a
200 metros, por lo menos, para propia seguridad de los que manejan
en la ambulancia.
34.1.9.- En cada ambulancia debe llevar el equipo mínimo -Oxígeno,
aspirador de flemas, botiquín completo de primeros auxilios. No
llevar medicamentos que se ignore para que son. Es ideal que siempre
vaya a bordo alguien que se haga responsable de su manejo y
administración (médico, paramédico, enfermera, etc.).
34.1.10.- El documento que autoriza pasar las casetas de
carreteras y puentes federales sin pagar la cuota.
34.1.11.- Es indispensable que cada ambulancia lleve un
extinguidor de polvo ABC, una camilla marina, una camilla militar,
una camilla fija o retráctil, la herramienta mínima de emergencia:
llanta de refacción, una banda de repuesto, una bomba de gasolina,
una banda de respuesto de cada tamaño que use, condensador, bobina,
cables para pasar corriente, etc.
34.2.- Para las unidades de apoyo.
34.2.1.- Los vehículos de los socios Activos, pueden ser
identificados con calcomanías en las portezuelas laterales y en el
medallón con calcomanías pequeñas o medianas, en las esquinas.
34.2.2.- No es necesario que estas unidades se pinten de blanco.
34.2.3.- Una unidad identificada con calcomanías puede usar en
el techo una diadema con códigos ambar al frente y rojos para atrás,
una Torreta giratoria de 360 grados de color ambar (amarilla) y
Sirena.
34.2.4.- Es responsabilidad estricta del diseño o del conductor
utilizar estas luces y la sirena sólo y únicamente para atender
emergencias. Su uso indebido es motivo justo para ser infraccionado
por las autoridades competentes.
34.2.5.- Estas unidades deben contar con el equipo necesario para
auxilio, salvamento, rescate, abanderamiento y en casos urgentes,
con lo indispensable para traslado de personas a los puestos de
socorro o de atención médica y de hospitalización.
34.2.6.- Cada unidad debe traer la identificación del número de
Brigada, su numeral y Estado al que pertenece.
35.- Procedimientos para cambiar carro o ambulancia.
35.1.- Es obligación rigurosa para todo socio de nuestra
institución quitarle a mi vehículo TODAS LAS CALCOMANIAS O MEDIOS
DE IDENTIFICACION al tiempo de cambiarlo o venderlo a persona que no
sean Socios Activos de Cruz Ambar.
35.2.- Por ningún motivo debe enajenarse un vehículo con
calcomanías. El socio que no acate esta disposición tendrá en
contra suya razón suficiente para ser expulsado de la institución.
35.3.- En tal caso, el Delegado Municipal debe entrevistarse con
el nuevo poseedor para explicarle el significado y la trascendencia
del caso. Se le puede ofrecer ayuda para quitarle la identificación
al vehículo.
35.4.- En el caso que el nuevo poseedor del vehículo se resista,
se le puede demandar ante las autoridades competentes.
35.5.- Cuando el poseedor de un vehículo no tiene acreditada su
membresía, se le puede invitar a pertenecer a la Institución. En
caso de negativa se le invita a quitarle la identificación que
lleva la unidad. Se le advierte que tales emblemas y logotipos son
propiedad de Cruz Ambar o de la Radio Brigada de auxilio, patentados
en el Registro público de la Propiedad. Con serenidad y ecuanimidad
se le ofrece ayuda para solventar el problema. En caso de negativa
se le advierte sobre la gravedad de la situación en que incurre. De
inmediato se pone una demanda en su contra ante las autoridades
correspondientes.
36.- Procedimiento para la capacitación permanente del personal.
36.1.- Es un deber primordial para cada socio tomar conciencia de
la necesidad de mantenerse en actitud de formación y preparación
permanente, para servir al prójimo con mayor eficiencia.
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36.2.- Para esto debe contar con el apoyo del Patronato de su
Delegación. Es ideal que una Delegación Municipal o Estatal para
enviar, a uno o varios socios, a prepararse para que, una vez
diplomados o titulados, puedan ayudar a formar y a capacitar socios
de su delegación o de otras delegaciones.
36.3.- Este es el documento propicio para buscar caminos que en
un futuro próximo, nos permitan abrir escuelas de socorrismo a
diferentes niveles: Estatal, interestatal o Nacional.
36.4.- Mientras tanto, en la medida de las oportunidades que se
presentan, cada socio debe aprovecharlas para su capacitación en:
Primeros auxilios, abanderamiento, combate de incendios, mecánica,
rescate urbano y de carretera, de alta montaña, buceo,
motociclismo, Paracaidismo, etc.
37.- Procedimientos para celebrar legalmente nuestras
asambleas.
"Además de tomar en cuenta todo lo marcan nuestros
estatutos en el Capítulo IV sobre LAS ASAMBLEAS se debe atender su
LEGALIDAD, en estos aspectos":
37.1.- Esta legalidad que se pretender dar formalmente a cada una
de nuestras asambleas se la debe dar la presencia de la Delegación
de nivel Superior por radio de su Delegado o de su representante.
Ejem.: En una Asamblea de Elecciones a Nivel Municipal, además
de su validez y licitud, la legalidad se la confiere la Presencia
del Señor Delegado del Estado o su representante.
- Si la asamblea de elecciones es de nivel ESTATAL, la legalidad
se la confiere la presencia del Delegado interestatal o su
representante.
- si la asamblea, ordinaria o extraordinaria, es de nivel
interestatal o de región, la legalidad se la da la Presidencia del
Delegado o Presidente nacional.
- Si la asamblea es Nacional, la legalidad la adquiere por la
presencia del director General Internacional.
37.2.- Cada región y cada estado pueden determinar la frecuencia
y el lugar se sus asambleas pero es imprescindible que se elabore a
diferentes niveles un cronograma de asambleas a fin de proceder con
el orden y la seriedad que se pretende.
38.- Procedimiento para realizar las Convenciones Nacionales.
38.1.- El Presidente Nacional es quien vocea a todos los socios
de la institución en la República Mexicana, con el objeto de
fortalecer y vigorisar la misma.
38.2.- La invitación es abierta a todos los socios, pero de
manera especial a los integrantes de los Patronatos Municipales,
Estatales, Interestatales y Nacional.
38.3.- Al terminar cada Convención, se acuerda quienes serán
los anfitriones y el lugar en donde se celebrará la próxima del año
venidero.
38.4.- Invariablemente, por convenir a la gran mayoría, se
celebra el 1er. fin de la 1ª semana de agosto.
38.5.- Es Recordatorio lo hacen los directivos de la Delegación
anfitriona.
38.6.- La Delegación Nacional respalda la organización que
hacen los anfitriones, pero se encarga del Desarrollo y de los
contenidos de la Convención.
38.7.- Es preciso buscar medios económicos para sentar un fondo
para estos eventos.
38.8.- Se invita a las autoridades civiles y militares, así como
a los representantes de las agrupaciones similares, para los Actos
de inauguración y Clausura.
38.9.- Se elabora una "Minuta" con los elementos
sobresalientes del contenido fructuoso de la convención que
posteriormente se enviará a los Delegados Interestatales para que,
a su vez, la hagan llegar a los Estados que coordinan y los
Delegados Estatales a los Municipales....
38.10.- De alguna manera los convencionistas se llevan en la
conciencia las prioridades que se deben trabajar y una idea del Tema
que urge tratar durante el año con preferencia hasta rematarlo en
la convención siguiente.
39.- Procedimiento para los congresos Nacionales.
39.1.- El Delegado Nacional convoca a todos y a cada uno de los
Delegados Estatales para decidir asuntos de suma importancia para la
vida y el desarrollo de nuestra institución.
39.2.- Las bases para el congreso Bianual de elecciones deben ser
acatadas por los señores Delegados Estatales para tener derecho a
entrar y a participar con voz y voto, como les corresponde.
39.3.- Estos congresos para elecciones del Patronato nacional se
deben celebrar en el mes de diciembre de los años Pares.
39.4.- El acta levantada y firmada por todos los congresistas,
deben ser presentados ante un notario público para que se
protocolice.
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39.5.- El presidente nacional será el encargado de hacerla
llegar a los socios, a través de la capilaridad usual entre
nosotros.
39.6.- Los congresos Extraordinarios
39.6.1.- Pueden ser a nivel nacional o Regional cuando haya
motivos razones que lo ameritan.
39.6.2.- Serán convocados por el Presidente Nacional, con el
tiempo suficiente y oportuno, en cuanto sea posible.
39.6.3.- Se deberá tomar en cuenta: Un lugar accesible para
todos los Delegados y, de preferencia, una fecha oportuna.
40.- Procedimiento para el canje de credenciales nacionales,
en cuanto al tiempo oportuno.
40.1.- Se debe promover las asambleas de elecciones para cambio
de Patronatos Municipales en el mes de mayo en los años nones.
40.2.- Los Patronatos Estatales se deben renovar en Septiembre de
los años nones.
40.3.- Los directivos Interestatales cada año máximo cada dos,
con aprobación en cuanto a fecha y lugar por los Delegados de la
Región.
40.4.- El cambio de la Directiva Nacional, será en diciembre de
los años Pares.
40.5.- Todo esto se entiende a partir del año 1990.
LA REESTRUCTURACION
PLAN GLOBAL
41.- Procedimiento para reestructurar la organización de Cruz
Ambar en el país.
- Primero deberá tener muy presente el objetivo:
Reestructurar la organización de la ASISTENCIA PRIVADA DE CRUZ
AMBAR, A.P., en todos los Municipios y Estados de la Patria para
llevar a cabo con mayor eficiencia el desempeño de sus ideales.
41.1.- Las grandes regiones de la Patria:
Región I Noroeste: Coahuila
Nuevo León
Tamaulipas
Chihuahua
Durango
Zacatecas
Zona Norte de Veracruz
Región 2 Noroeste: Baja California Norte y Sur
Sonora
Sinaloa
Región 3 Centro A: Edo. de México
D.F.
Puebla
Morelos
Tlaxcala
Zona Centro Veracruz
Guerrero
Oaxaca
Hidalgo
Michoacán
Región 4 Centro B: Jalisco
Guanajuato
Nayarit
San Luis Potosí
Querétaro
Aguascalientes
Colima
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Región 5 Suroeste o Itsmo Peninsular:
Zona Sur de Veracruz
Chiapas
Campeche
Quintana Roo
Tabasco
Yucatán
41.2.- Delegado Interestatal.
Este cargo lo desempeña un delegado Estatal de la zona.
* Quien será elegido por los Delegados de la Región.
* su elección es para un año de servicios a nivel coordinación
con opción para otro año solamente; los Delegados Estatales
votantes le otorgan la autoridad para ejercer su servicio firmando
su nombramiento, ratificado por el Delegado Nacional.
* Este servicio será rotativo.
* El Delegado Interestatal es el primero entre iguales a nivel
Delegado de Estado.
* Los Delegados Estatales en colegialidad formarán el C.H.J.
cuando la problemática rebase la capacidad del fuero Estatal.
41.2.1.- Funciones del Delegado Interestatal:
* Estarán regidas de acuerdo a los Estatutos de un Delegado
Estatal.
* Está debidamente autorizado para convocar a las Delegaciones
Estatales a Asamblea General cada 6 meses o sea 2 al año, como máximo.
41.3.- Formación del Patronato nacional.
* Una vez constituido procurará que las diferentes zonas del país
lleven a cabo el objetivo para la reestructuración de la Institución.
* Los miembros del Patronato Nacional estarán directamente
cooparticipando de los trabajos administrativos y operativos que se
realizan en todas las delegaciones del País.
* La Delegación Nacional presentará los servicios de material
de identificación y vigilará el control de calidad con el afán de
evitar lucros, diferencias y abusos en su portación.
REGLAMENTO PARA LA
ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS
DE HONOR Y JUSTICIA
EN LA ASISTENCIA PRIVADA CRUZ AMBAR, A.P.
CAPITULO I
OBJETO Y CONSTITUCION
ARTICULO 1o.- El Consejo de Honor y Justicia tiene por objeto
juzgar a los socios Brigadistas en todas sus categorías, que
cometan faltas a la moral, a la dignidad y al prestigio de la
Asistencia Privada Cruz-Ambar A.P.
Dictaminar sobre los castigos correccionales que deban imponerse
y consignar a las autoridades Judiciales correspondientes, los casos
que correspondan. Asimismo acordar las notas de conceptos que haya
que ponerse en los expedientes de los socios Brigadistas, así como
proponer los ascensos y estímulos a que se hagan merecedores.
ARTICULO 2o.- el Consejo de Honor y Justicia se constituirá en
cada Patronato o Delegación ya sea Municipal Estatal o Nacional, en
la forma siguiente: con un Presidente, un Secretario y dos vocales.
ARTICULO 3o.- Los miembros del consejo de Honor y Justicia que
previene el Artículo 2o., serán designados por: el Delegado
Municipal, Estatal o Presidente Nacional de acuerdo con la categoría
del socio que será juzgado.
CAPITULO II
COMPETENCIA
ARTICULO 4o.- Corresponde conocer al consejo de Honor y Justicia.
4.1.- De todo lo relativo a la reputación de la Asistencia
Privada Cruz-Ambar A.P.
4.2.- De los vicios de la embriaguez, uso de drogas heroicas y
juegos prohibidos por la ley.
4.3.- De la falta de escrúpulos en el manejo de valores y bienes
que no constituyan un delito.
4.4.- De los actos deshonestos y de indisciplina cometidos tanto
perjuicio de la Asistencia privada Cruz-Ambar A.P., como en contra
de cualquiera de sus socios.
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4.5.- De los actos o acciones cometidas por los socios
Brigadistas y que constituyan un delito a juicio del Consejo de
Honor y Justicia.
4.6.- De las "Bajas" propuestas por directivos.
CAPITULO III
FACULTADES
ARTICULO 5o.- El consejo de Honor y Justicia de la Asistencia
Privada Cruz-Ambar A.P. tiene facultades para:
5.1.- Dictaminar sobre los castigos correccionales que deban
imponerse a los socios Brigadistas por faltas que no constituyan un
delito.
5.2.- Consignar a las Autoridades judiciales correspondientes a
los Socios Brigadistas que cometan faltas que contribuyan un delito
a Juicio del Consejo de Honor y Justicia.
ARTICULO 6o.- Los castigos correccionales serán impuestos por
los directivos y checados por la Comisión de Honor y Justicia.
CAPITULO IV
FUNCIONAMIENTO
CONVOCATORIA
ARTICULO 7o.- El Delegado convocará al Consejo de Honor y
Justicia por disposición propia o por solicitud de cualquiera de
los Socios.
ARTICULO 8o.- Cuando deba reunirse al consejo de Honor y
Justicia, el día señalado para llevarse a cabo la ASAMBLEA motivo
de la convocatoria, deberá presentarse el acusado y el acusador.
INTEGRACION PARA JUZGAR A ALGUN INTEGRANTE DEL CONSEJO DE
HONOR Y JUSTICIA
ARTICULO 9o.- cuando el Consejo de Honor y Justicia deba
dictaminar acerca de los castigos correccionales que deban imponerse
a cualquiera de sus miembros, se nombrará un substituto interino
retirando del cargo al socio que se va a juzgar.
COLOCACION DE LOS
MIEMBROS
ARTICULO 10o.- En el consejo de Honor y Justicia, los miembros
ocuparán las colocaciones siguientes: El Presidente en el Centro,
el primer vocal a la derecha, el segundo vocal a la izquierda y el
Secretario se colocará en el Sitio que designe el Presidente y al
frente de estos, los juzgados y testigos.
INICIACION DE LA
AUDIENCIA PARA JUZGAR A UN ACUSADO
ARTICULO 11o.- Cuando el Consejo de Honor y Justicia se reúna
para juzgar a algún Socio-Brigadista, se procederá a la forma
siguiente:
11.1.- Reunido el consejo de Honor y Justicia y estando presente
el Socio-Brigadista acusado el Presidente le tomará sus generales,
lo exhortará a conducirse con verdad y le manifestará que tiene
derecho a defenderse presentando testigos de descargo, documentos o
cualquier otro medio que sirva para demostrar su inocencia o
justificar su falta.
11.2.- Cuando no se encuentre presente el Socio-Brigadista
acusado, el Presidente dará a conocer el nombre, grado, y comisión
del Socio-Brigadista, , así como los cargos de que se le acusa y se
citará para otra Asamblea-Reunión. Al tercer citatorio, se darán
por aceptados los cargos, al no presentarse.
EXPOSICION DE CARGOS
AL ACUSADO
ARTICULO 12o.- Se dará a conocer al Socio-Brigadista acusado, así
como a los demás Socio-Brigadistas, de los cargos que se le imputan
y si el Consejo de Honor y Justicia se ha reunido por disposición
del Delegado o por solicitud de cualquiera de los socios. Haciéndose
comparecer y declarar con la aprobación del Delegado a testigos de
cargo, así como presentar documentos probatorios de la culpabilidad
del acusado.
DEFENSA
ARTICULO 13o.- El socio-Brigadista acusado, hará uso de la
palabra para que exponga cuanto crea necesario y favorable de su
descargo, sin más limitación que el respeto a la ley, a las
autoridades e instituciones y a todos los socios que como personas
se merecen.
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VOTACION
ARTICULO 14o.- Terminada la exposición de cargos y pruebas de
descargo, se procederá a efectuar una votación secreta, para
decidir si el acusado es culpable o inocente. Debiendo el Presidente
recoger la votación del Secretario y de los dos vocales, dándola a
conocer de inmediato.
CASTIGOS
DISCIPLINARIOS
ARTICULO 15o.- Si el resultado de 4 la votación de los Miembros
del Consejo de Honor y Justicia, fuere condenatorio, se procederá a
deliberar sobre el correctivo disciplinario que debe imponerse.
CONSIGNACION
ARTICULO 16o.- Si la falta cometida constituye un delito a Juicio
del Consejo de Honor y Justicia, El Presidente remitirá al Acta y
demás constancias comprobatorias a las Autoridades que corresponda,
para que esta determine y tipifique el delito o delitos de que se
trate y a su vez haga la consignación del acusado.
RESOLUCION DE
INCIDENTES
ARTICULO 17o.- Todos los incidentes que ocurren durante el
desarrollo de la Asamblea del Consejo de Honor y Justicia serán
resueltos de pleno y sin recurso alguno, y de ser necesario se deberá
de apoyar para mantener al orden, con el auxilio de la fuerza pública.
FORMULACION DEL ACTA
ARTICULO 18o.- el Secretario levantará una Acta en la que
asentará.
18.1.- Lugar, fecha y hora en que se reune al Consejo de Honor y
Justicia.
18.2.- Nombre, número de Brigada, tipo de Socio y Comisión de
los miembros que lo integran, así como el Socio-Brigadista acusado.
18.3.- Si fue disposición del Presidente del Consejo de Honor y
Justicia, o solicitud de cualquiera de los Socios-Brigadistas para
que éste se reuniera y falta o faltas que se le imputan al
Socio-Brigadista acusado.
18.4.- Los incidentes que se promuevan a medida que sucedan.
18.5.- El resultado de la votación de los miembros del Consejo
de Honor y Justicia y el acuerdo a que se haya llegado.
DE LAS FIRMAS DE LA
ACTA
ARTICULO 19o.- Terminada la Acta firmarán al calce y al margen
los miembros del Consejo de Honor y Justicia, El Socio-Brigadista
Acusado, los testigos sean socios Brigadistas o no; en caso de que
hayan declarado en la Asamblea. Asimismo firmarán al calce todos
los Socios-Brigadistas que hayan estado presentes en la Asamblea del
Consejo de Honor y Justicia.
DEL PROCEDIMIENTO CON
EL RESULTADO
ARTICULO 20o.- El Presidente del Consejo de Honor y Justicia,
remitirá en cada caso que corresponda, a la Delegación Estatal,
Delegado Regional o Director General de la Asistencia privada
Cruz-Ambar A.P., un tanto del Acta levantada con motivo de reunión
del Consejo de Honor y Justicia, para dar cuenta de las resoluciones
que se hayan dictado.
ARTICULO 21o.- En caso de que haya determinado que ha juicio del
Consejo de Honor y Justicia, la falta o faltas constituyen un
delito, se procederá de inmediato a presentar denuncia de hechos,
ante las autoridades judiciales correspondientes, remitiéndole el
original del Acta levantada, así como todos los documentos
probatorios de culpabilidad necesarios.
CAPITULO V
DISPOSICIONES
GENERALES REPRENSION DE FALTAS AL CONSEJO
ARTICULO 22o.- Las faltas de respeto a cualquiera de los miembros
del Patronato Municipal, Estatal o Nacional, las murmuraciones
acerca de sus providencias y todos los actos que tiendan a
desprestigiarlos, darán motivo para el propio Consejo de Honor y
Justicia, emplace al Socio-Brigadista autor de dichas faltas, a
pedimento de cualquiera de los directivos de los socios brigadistas,
para aplicarle el correctivo que se acuerde.
NOTIFICACION DE
CONCEPTOS
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ARTICULO 23o.- Las resoluciones que se tomen con relación a los
conceptos no serán modificables y se harán saber en Asamblea
Ordinaria de las Delegaciones Municipales, Estatales, Regionales o
Nacionales de la Asistencia Privada Cruz-Ambar A.P. levantándose el
Acta correspondiente y notificándose por escrito al interesado.
ASAMBLEAS
ARTICULO 24o.- Las Asambleas del Consejo de Honor y Justicia para
juzgar a un Socio-Brigadista serán con la asistencia de los
Socios-Brigadistas y las Asambleas para acordar las notas de
conceptos serán privadas.
CUMPLIMIENTOS DE
CASTIGOS
ARTICULO 25o.- Los castigos correccionales acordados por un
Consejo de Honor y Justicia surtirán sus efectos inmediatamente en
que se comunique al socio-Brigadista de dicho castigo correccional.
ARTICULO 26o.- Cuando se trate de consignación a las autoridades
Judiciales correspondientes, en el momento que éstas lo determinen.
ARTICULO 27o.- El Presidente del Consejo de Honor y Justicia
tiene la obligación de estar pendiente de que se cumplan las
determinaciones de éste.
TRANSITORIOS
ARTICULO 28o.- El presente Reglamento entrara en vigor
inmediatamente que sea aprobado en ASAMBLEA ORDINARIA legalmente
constituida de las Delegaciones Municipales, Estatales, Regionales o
Nacionales de la Asistencia Privada Cruz Ambar A.P., firmando la
aprobación los socios Brigadistas participantes.
CURSOS
CURSOS
CURSO BASICO PARA
CHOFERES OPERADORES DE AMBULANCIAS
Introducción.- Este curso básico para choferes
operadores de ambulancia, está elaborado en cuestiones básicas y
de acuerdo a experiencias tenidas, observadas y en base al interés
primordial de manejar siempre a la defensiva y con un amplio margen
de seguridad.
Una ambulancia por el simple hecho de ser un vehículo de
EMERGENCIA, no está exento de sufrir accidentes o fallas mecánicas;
así como tampoco está disculpado de cometer infracciones al
Reglamento de Tránsito.
Por ésta y muchas razones más, las personas que tienen la
RESPONSABILIDAD de ser operadores de un vehículo de emergencia,
deben de acatar primeramente las disposiciones del Reglamento de Tránsito:
a fin de conducir en forma adecuada en el tráfico citadino y en
carretera para no exponer al peligro su propia vida, la de sus compañeros,
la del enfermo o lesionado que transportan, y la de los demás
conductores y peatones.
Primeramente y ante todo, un operador de ambulancia debe de
conocer perfectamente el vehículo que tripula en materia de:
CONDICIONES MECANICAS.- No solamente el saber que el motor
funciona perfecta o regularmente; nos va a decir que está perfecto.
Hay que conocer nuestro vehículo; como se encuentra primeramente de
FRENOS, si estos responden bien. El volante de la dirección si
tiene "juego" o si al frenar se inclina a uno u otro lado,
o si éste vibra.
LA SUSPENSION del vehículo; ya que una mala suspensión
por deficiencias, produce "cabeceos" o se tira el vehículo
hacia un lado.
LAS LLANTAS en qué estado se encuentran; ya que si están
deficientes NO se deberá conducir a altas velocidades, mucho menos
si el pavimento es resbaloso o está húmedo; la presión de las
mismas es vital, pues una deficiente presión, calentará demasiado
una llanta con el riesgo de un reventón, que a una alta velocidad
es altamente riesgoso.
Una vez que se conocen las condiciones mecánicas de las
ambulancias, antes de iniciar la marcha para estar de guardia el
conductor tiene que revisar:
- Carrera de freno
- Nivel de gasolina
- Nivel de aceite del motor
- Nivel de aceite de transmisión (Aut.)
- Nivel de agua
- Presión de las llantas y desgaste
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- Limpieza exterior e interior
- Luces de emergencia y sirena
- Limpiadores y agua en el depósito de estos
- Equipo de primeros auxilios
- Equipo mecánico, como es gato, cruceta o llave de birlos,
cables pasa corriente, herramientas, etc.
- Estado físico general
Al iniciar una guardia el operador, junto con su personal o el
que sea designado como jefe de movimiento, vigilará que esté
debidamente uniformado o en su defecto tener como mínimo sus cascos
protectores, así como sus linternas de mano.
EMERGENCIAS.- Cuando la ambulancia salga hacia un
accidente, invariablemente todo el personal a bordo deberá llevar
puesto el casco protector debidamente amarrado y el operador o
responsable de la guardia darán instrucciones al personal de que
vayan sujetos a puntos de apoyo del vehículo, para en caso de una
maniobra brusca no sufran algún golpe o se caigan del asiento; así
como también se impartirán las instrucciones necesarias al llegar
al accidente.
MANERA DE CONDUCIR EN EMERGENCIA.- Al dirigirse la
ambulancia hacia un accidente, del cual nos reportan que hay o
parece haber lesionados; invariablemente se hará el trayecto con
sirena y luces de emergencia, no por el hecho de ir con los señalamientos
de emergencia se va a confiar el conductor que todo el mundo va a
cederle el paso; hay que tener todas las precauciones del caso, ya
que no todos los demás conductores que circulan por el mismo camino
van a ceder el paso. Es por esto, que el operador de la ambulancia
NO debe distraerse en lo más mínimo; y su manera de guiar será la
siguiente.
VELOCIDAD.- La velocidad será de un 10 ó 20% mayor de la
indicada en el camino si existe tráfico.
REBASES.- Siempre se adelantará a otro vehículo por el
lado izquierdo, nunca por el derecho, a menos que el conductor del
vehículo a rebasar lo indique con alguna señal, más no hay que
confiarse y siempre hay que rebasar por el lado izquierdo. Una
ambulancia en situación de emergencia siempre circulará por el
carril izquierdo en caminos de cuatro carriles y si las condiciones
mecánicas lo permiten; al cambiar de un carril a otro deberá de
hacerlo con la máxima precaución indicándolo con sus luces
direccionales, y el conductor observará primero por los espejos
retrovisores si puede hacerse esta maniobra. Siempre que el operador
intente un rebase debe tener la seguridad que puede hacerlo sin
peligro para el vehículo que va a rebasar; el rebasar en
"emergencia" no significa sacar del camino a los demás
vehículos pues se puede ocasionar otro percance; así también hay
que cerciorarse si libra sin dificultad en el rebase a los vehículos
que vienen en sentido contrario.
VELOCIDAD EN PAVIMENTO MOJADO.- Aquí si tenemos una
condición especial, aunque sea muy grande la emergencia que nos
mencionen, no se rebasará el límite de velocidad establecido en el
camino y se disminuirá la velocidad al grado que el operador de la
ambulancia sienta seguridad al manejar en estas condiciones, pues
con el pavimento mojado, cualquier maniobra brusca puede ocasionar
que pierda el control del vehículo y estará en peligro su vida y
la de sus compañeros. En el caso de que por alguna razón tenga que
frenar en pavimento húmedo, de improviso, NO LO HAGA BRUSCAMENTE,
si la situación lo permite, aplicará leve presión al freno, y una
vez que sienta que disminuye su velocidad aumentará la presión del
frenado, esto para evitar que el vehículo entre en derrape. Si por
alguna situación o causa la ambulancia entra en derrape, el
operador girará el volante de la dirección hacia donde derrape el
vehículo; por ejemplo, si sentimos que el vehículo se desplaza su
parte posterior hacia la derecha, las ruedas delanteras deberán
girarse en esa dirección para disminuir la fuerza centrífuga del
impulso del peso del vehículo y estabilizar su giro; cuando es al
lado contrario se efectuará la maniobra en sentido opuesto. El
freno en estos casos será aplicado levemente y conforme disminuya
su desplazamiento, aumentará la presión del frenado. Una vez que
se ha salido del derrape, el conductor seguirá su camino con una
velocidad menor. Estas instrucciones son con el fin de evitar que la
ambulancia al tener un derrape haga trompos que fácilmente
ocasionarán una volcadura.
REBASES EN PAVIMENTO MOJADO.- Con la máxima precaución,
se adelantará a un vehículo teniendo la certeza de que el
conductor del vehículo a rebasar se ha dado cuenta y tener la
certeza de que si viene un vehículo en sentido, el operador de la
ambulancia alcanzará a efectuar la maniobra, ya que si está mojado
el pavimento, su entrada al carril de circulación una vez que ha
rebasado, será en forma pausada y no brusca, esto es, para evitar
un derrape u ocasionar que el vehículo que se rebasó, frene
bruscamente exponiendo al peligro al conductor.
AL LLEGAR AL LUGAR DEL ACCIDENTE.- Al llegar al lugar del
accidente, el operador de la ambulancia disminuirá su velocidad y
frenará lentamente, nunca en forma brusca, pues algunas ocasiones
hay aceite, diesel o combustible, u otros objetos en el pavimento;
se estacionará la ambulancia sin apagar el motor con las luces de
emergencia encendidas aún de día, así como se estacionará a una
distancia no menor de 5 metros del vehículo accidentado y en el
acontecimiento del carril obstruido, a fin de auxiliar en caso de
ser de noche, con las luces para
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efectuar el rescate de lesionados, en caso de que al llegar la
ambulancia al accidente y se encuentre abanderado el lugar por otro
vehículo ya sea patrulla o de auxilio; la ambulancia se estacionará
adelante del vehículo accidentado en el acotamiento del carril
obstruido. Nunca hay que estacionar la ambulancia sobre el camino o
en un carril de circulación libre, para no entorpecer la poca
circulación que existe. Este mismo caso es para cuando el camino
esté totalmente obstruido, siempre se estacionará la ambulancia en
el acotamiento del camino, para evitar que algún conductor distraído
se colisione con la ambulancia. Si el accidente es en carretera de
doble circulación, auxiliándose con la patrulla o demás personas
que estén abanderando, se dará la vuelta en "U" siempre
con la máxima precaución; en el caso de carretera de cuatro
carriles, l ambulancia seguirá hasta el retorno más próximo.
El operador de la ambulancia al llegar al lugar del accidente,
por ninguna razón deberá abandonar éste, ya que por eso lleva el
personal necesario para que efectúen el rescate, sólo en el caso
de que vaya únicamente acompañado de un sólo brigadista, podrá
retirarse de auxiliar en el rescate, si la situación no lo amerita,
esperará en la ambulancia para recibir a los lesionados; si no hay
lesionados en el accidente y es necesario que el operador auxilie en
el abanderamiento del lugar, pedirá al jefe de movimiento que deje
a un compañero en la ambulancia vigilando el equipo y que no se
apague el motor.
Si la emergencia lo amerita, el traslado del lesionado será rápido
pero con precaución, hay que recordar que no por ir más rápido,
se va a aliviar más pronto el paciente. Un aspecto que hay que
tomar en cuenta, es que si el lesionado está consciente y siente
que se le traslada demasiado rápido y efectuando maniobras bruscas,
el mismo trauma mental del lesionado que sufre en esos momentos con
la psicosis del accidente, corre el riesgo de agravarse o de que
entre en "shoock", ya que pensará que su estado es de
suma gravedad y automáticamente caerá en un trauma de desesperación
por su situación; hay que tener en cuenta, que el lesionado siente
lo que está sucediendo y siempre hay que entregarlo en mejores
condiciones de como lo encontramos, nunca en peores.
Al dirigirse la ambulancia a un accidente, el operador pondrá
plena atención a cualquier mensaje que se escuche por la radio CB;
ó 2 metros, así como no omitirá las señales o indicaciones que
le hagan los demás conductores que vienen de frente esto es señales
con las luces, siempre se hará caso a estos señalamientos. Si no
se va en emergencia, pero se efectúa cualquier tipo de traslado o
retorno de algún servicio y los demás conductores le hacen señas
con las luces, es indicio que "algo" hay sobre el camino
por lo que de inmediato se disminuirá la velocidad, si se encuentra
un primer obstáculo y aún pasando éste continúan las señales de
los otros conductores, no habrá que confiarse y se estará a la
espectativa a baja velocidad. Hay que hacer siempre caso de estas señales
por seguridad.
En caso de lluvia o de pasar por lugares inundados, es
conveniente cerciorarse de las balatas de los frenos no se han
mojado, ¿Cómo hacerlo?; presione ligeramente el freno y si este no
responde o se jala a un lado el vehículo, es indicio de que se han
mojado las balatas; bastará con efectuar frenadas constantes;
primero suavemente y después más a fondo para calentar las balatas
y secarlas; esto debe hacerse inmediatamente después de pasar por
grandes charcos, aunque se vaya en emergencia, a fin de tener una
frenada segura y no lamentar un percance. Una obligación del
operador será siempre informar a su escolta el por qué de cada
maniobra.
La necesidad de espacio es vital; si durante un servicio que no
sea en emergencia; hay que evitar quedar "encajonado" en
medio de otros vehículos, sobre todo si se trata de móviles
pesados, ya que no sabemos en que condiciones físicas estén
conduciendo estos operadores, y no podemos prever que el vehículo
de adelante frene en forma brusca y aún cuando llevemos nuestra
distancia, corremos el riesgo de que el que nos sigue nos pueda
impactar por alcance; lo mejor de estos casos de encajonamiento, es
buscar espacio, ¿cómo? Si nuestro vehículo está en condiciones
mecánicas buenas, debemos de adelantar con precaución y alejarnos
lo más pronto posible, en el mejor de los casos y más
recomendable, será dejar que nos rebasen los vehículos que vienen
detrás y dejarlos que se alejen, no llevemos prisa, dejemos que nos
den el espacio que necesitamos para conducir con precaución.
Otro factor importante es un buen conductor es la CONCENTRACION,
y más si se conduce de emergencia; un buen conductor nunca aparta
la vista del camino, aunque se le distraiga. ¿Por qué razón?
Porque bastará un leve descuido al dejar de ver el camino para
exponernos a sufrir un percance, en el caso de que al conductor se
le hable de algo se caiga dentro del vehículo, el operador no debe
de voltear a ver qué pasa, sino que debe de observar si el tráfico
se lo permite por el espejo retrovisor y preguntará a su personal,
qué es lo que pasa sin apartar la vista del camino.
Las volcaduras y los accidentes en el que el conductor viaja sólo
son abundantes. La velocidad excesiva en las curvas y en los caminos
resbaladizos son dos de las causas. Otra, más sutil es la engañosa
curva repentina tomada a baja velocidad.
Veamos ésto, el conductor se aproxima a una bifurcación o
crucero de calles o carreteras. El camino, supongamos, tuerce a la
izquierda y a la vez continúa de frente. Cuando va a entrar en el
entronque, el conductor
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comprende de pronto que debía haber tomado por la izquierda, y
vira rápidamente en esa dirección. Si hace esta maniobra demasiado
aprisa y en condiciones desfavorables, el vehículo puede volcarse
aunque vaya a poca velocidad. Es por ello que en cada caso de duda
no hay que frenar bruscamente, sino es mejor seguir de frente para
retornar con seguridad.
EL DESLUMBRAMIENTO.- Remedio para el deslumbramiento; al más
ecuánime se le dificulta dominarse cuando se enfrenta con un
conductor reacio a bajar las luces altas; y más a menudo, el mal
conductor se niega a cambiar a sus propias luces bajas a modo de
venganza. Tal reacción puede ocasionar la muerte de ambos
conductores. Basta un deslumbrado.
La mejor manera de evitar un deslumbramiento, es que el conductor
deberá mirar permanentemente a la orilla del camino y así salvará
el obstáculo sin sentir ninguna molestia, porque las luces bajas
alumbran la parte del camino que está inmediatamente enfrente del
vehículo, lo cual permite al conductor ver la orilla mucho mejor
que si lleva las luces altas.
Nunca se debe conducir si se ha tomado alguna copa o se está
bajo los efectos de algún sedante, ya que los reflejos, la
concentración y la visión se alteran y disminuye su eficiencia con
el consiguiente peligro de sufrir un percance.
La mejor manera de ser un experto conductor de ambulancia es la
de conocer y respetar las normas de seguridad, así como la
observación permanente del reglamento de tránsito.
Esto que hemos visto, únicamente es la parte básica de una
buena manera de conducir, el tiempo, la experiencia en las
situaciones difíciles y la observación de la seguridad nos podrán
ubicar en el sitio de los buenos conductores en emergencias;
recordemos siempre, que hay quiénes esperan nuestro retorno a casa
sanos y salvos y si conducimos con seguridad tendremos siempre
retornos felices para seguir siendo felices con nuestras familias.
42.- Procedimiento para ser nombrado a desempeñar cargos
operativos a nivel Municipal.
42.1.- El nombramiento de Comandante y Subcomandante.
41.1.1.- Hay que hacer notar que estos puestos operativos no son
por elección de asamblea, sino por DESIGNACION expresa el Director
General Nacional.
41.1.2.- De igual forma, sus funciones no terminan como las de
los demás miembros del Patronato, al final del periodo ordinario de
dos años.
42.1.3.- El único facultado para otorgar y quitar cargos
operativos en todo el País es le Director General Nacional.
42.2.- Sin embargo, es tarea de la asamblea que se reune para
formar su Patronato que, al elegir a los compañeros para desempeñar
cada uno de los cargos no se dejen arrastrar por la simpatía o la
antipatía, el compadrazgo u otras razones de menor valía. Sino que
los deben elegir de acuerdo a los valores personales y los
adquiridos por su preparación.
42.3.- La asamblea tiene derecho a proponer, en base a su
preparación, a dos o tres personas para que el Director General
Nacional, designe o retifique a alguno para Comandante y a otro para
Subcomandante.
42.4.- Principales características que debe reunir la persona
que debe desempeñar el cargo de Comandante.
42.4.1.- Acreditar su preparación en Primeros auxilios y tener
la práctica suficiente para aplicarlos.
42.4.2.- Acreditar su preparación en Mecánica, rescate, combate
de incendios y alguna especialidad más.
42.4.3.- Poseer don de mando, buen trato con todos los compañeros
y una amplia aceptación y buenas relaciones con las autoridades.
42.4.4.- Debe ser una persona con amplitud de visión y de
criterio para buscar soluciones y dar salida a problemas sin que
estos lleguen a la nudosidad y al conflicto.
42.4.5.- Su carácter debe estar templado para afrontar las
adversidades; debe tener espíritu de superación y entrega a los
demás, a costo del sacrificio personal.
43.- Procedimiento para ser nombrado a desempeñar cargos
operativos a nivel estatal.
43.1.- Exactamente se deben tener en cuenta los requisitos
anteriormente expuestos, para el cargo de Comandante Municipal.
43.2.- La Asamblea Estatal puede proponer a dos personas que
hayan sido actualmente comandantes Municipales, para que el Director
General nacional, en base a la preparación que acreditan les
otorgue el
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nombramiento de Comandante y Subcomandante Estatal, a ellos o a
otras personas.
43.3.- El Director General Nacional, generalmente ratifica a
quienes se le presentan pero está en todo su derecho designar a
quien El juzgue conveniente.
43.4.- Aunque los Estatutos le otorguen al Comandante Nacional el
derecho de nombrar a sus Comandantes en cada lugar y es el único
que acuerda en conceder o quitar grados en todo el País, por regla
general respeta las propuestas que le hacen las asambleas para que
él designe a quien crea conveniente. Esto incrementa su autoridad y
permite afianzar la sociedad del proceso electivo que hacen los
miembros de una Delegación para tener sus Directivos Operativos.
43.5.- En razón de estas cualidades un Comandante perdura en el
ejercicio de su cargo. Sobre todo a este nivel, debe tener capacidad
suficiente para coordinar con visión y equilibrio, los operativos,
animando, acompañando, promoviendo y sosteniendo a sus Comandantes
Municipales.
43.6.- Son de destacar en un Comandante Estatal las cualidades de
relacionarse con fluidez y sentido positivo con las autoridades
Estatales, tanto Civiles como Militares, así como con todos los
socios de la Cruz Ambar, y los de otras instituciones similares a la
nuestra.
44.- Procedimiento para ser nombrado Comandante Interestatal o
Regional.
44.1.- El Comandante Interestatal es un Comandante de uno de los
Estados que conforman la Región, quien ha sido presentado al
Director General Nacional para que lo ratifique o designe a otra
persona.
44.2.- Esta ratificación o nueva designación la hará por
escrito el Comandante General Nacional.
45.- Procedimiento para otorgar y quitar grados.
45.1.- A cada uno de los grados corresponde un límite de
preparación, en función del cual se otorga.
45.2.- Es al Comandante a quien corresponde buscar la promoción
de sus compañeros en función de su preparación y servicios, para
que, respetando la jerarquía operativa y a través de ella le sean
concedidos aquellos a los que se hace merecedor.
45.3.- Los grados serán otorgados de acuerdo a la descripción
que, en el Capítulo VI de TRANSITORIOS, hacen nuestros Estatutos en
vigor.
45.4.- Cuando un socio desmerece el grado, se forma la comisión
de Honor y Justicia de acuerdo a la categoría del socio para que
tenga validez, licitud y legalidad el fallo que arroje el juicio.
45.5.- El Comandante a quien corresponda, según el nivel, será
el encargado de notificar el resultado a la Comandancia General
Nacional.
45.6.- El Comandante General Nacional tomará bajo su
responsabilidad y, estando en todo su derecho, emitirá la decisión
final.
45.7.- En caso de degradación, se le notificará la decisión al
Socio interesado por escrito. El en respuesta y señal de
acatamiento, lo depondrá con entereza y valor, sin dar ocasión a
conflictos inútiles.
46.- Procedimiento para el saludo entre los Brigadistas.
46.1.- El encuentro personal entre dos o más socios es motivo de
alegría y regocijo. El saludo, por portar la Bandera en el
uniforme, procede de la siguiente manera:
46.1.1.- De tipo deportivo: Si el socio está descubierto saluda
llevando la mano derecha al pecho, extendida, con la palma hacia
abajo, con gallardía y entereza, estando en posición de firmes.
46.1.2.- De tipo militar: Si el socio porta casco o gorra, saluda
llevando la mano extendida a la altura de la frente, rozando
ligeramente el borde del casco o gorra.
47.- Procedimiento para que los socios se reunan a
"Revista" o a recibir órdenes.
47.1.- En cualquier momento que el Comandante juzgue oportuno,
emitirá 4 toques cortos de silbato para congregar frente a si a
todos los Brigadistas.
47.2.- Al escuchar la señal, cada uno de los Brigadistas deberá
interrumpir sus actividades de cualquier índole y, con prestanza y
rapidez, formará de una a dos filas frente al Comandante en posición
de descanso, dispuestos a recibir órdenes.
48.- Para proceder en los operativos con disciplina.
48.1.- "La disciplina". "Por disciplina entendemos
un régimen de vida que puede conducirnos a la consecución de
objetivos determinados".
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48.2.- La disciplina representa el aspecto práctico del derecho,
su expresión concreta en las actividades de cada día, la
organización de los horarios y normas de comportamiento.
48.3.- La disciplina puede ser comprendida por un socios de la
Cruz Ambar de manera externa o interna, individual o comunitaria.
48.4.- Los Estatutos y el Manual de Procedimientos
Administrativos y Operativos señalan la importancia de la
disciplina interna y de su adaptación personal a la situación de
los Brigadistas.
48.5.- También insisten en el aspecto comunitario de la
disciplina para llevar a cabo los operativos en favor del prójimo
que necesita ayuda y en favor de quienes la brindamos.
49.- Para proceder en función de un reglamento interno.
49.1.- Cada Delegado de la Cruz Ambar está en su justo derecho
de elaborar su propio reglamento interno para facilitar su
operatividad.
49.2.- Para ello se requiere estudiar con cuidado el contenido de
nuestros Estatutos nacionales y las orientaciones prácticas que nos
señala el "Manual de Procedimientos" de la Cruz Ambar.
49.2.1.- También se debe atender a las necesidades del medio
ambiente, a las costumbres y tradiciones de vida propias de la región.
49.3.- Un reglamento no es un documento unitario, sino que
contiene algunas reglas que son de valor permanente y otras de carácter
transitorio. Esta diferencia puede manifestarse, incluso, en la
presentación del mismo texto.
49.4.- Este debe ser claro, sencillo y realizable.
49.5.- Estará sujeto a revisión periódica para suprimir o añadir
las normas que se juzguen convenientes.
49.6.- Las reglas deben ser claras y definidas, sin
minuciosidades que impidan la sana libertad a los socios pero sin
demasiadas concesiones que pueden ser deformantes.
49.7.- El Reglamento debe proporcionar, además de la regulación
normativa, claras y ordenadas orientaciones y motivaciones para la
acción concreta.
49.8.- El Reglamento interno de una Delegación de Cruz ambar
debe, por lo anteriormente expresado, señalar la importancia y la
obligatoriedad de las diversas actividades.
49.9.- Debe igualmente fomentar el ambiente comunitario adecuado
entre los socios para el estudio y la convivencia fraterna.
49.10.- No es fácil elaborar un Reglamento interno pero es
indispensable para la buena marcha de la Delegación.
49.11.- Criterios para elaborar el Reglamento.
49.11.1.- Las Reglas de conducta que se marquen deben estar
enmarcadas por la promoción de la persona y el desarrollo del bien
común.
49.11.2.- Aquí, entendemos por bien común lo que cada socio
debe aportar para el beneficio de los demás.
49.11.3.- Las reglas deben favorecer el trabajo en equipo y la
solidaridad de conjunto.
49.11.4.- Estas Reglas y Normas deben dar prioridad a las
personas sobre las cosas, a tal grado que el Brigadista, antes que
salvar vidas ajenas debe aprender a respetar la propia y las de los
demás compañeros, de tal manera que, obteniendo la capacidad de
ayudarnos entre sí alcancemos la efectividad para ayudar a los demás.
49.11.5.- Todo proceder se debe basar en los Estatutos que nos
rigen. Por encima de todo convenio y acuerdo de asamblea deberá
regir siempre como fundamento sólido el Espíritu de nuestro
Estatuto.
50.- Procedimiento para la coordinación y colaboración con
otras instituciones.
50.1.- Esta colaboración debe existir siempre. Es que está en
desgracia necesita ayuda por encima de las diferencias de color del
uniforme y de otras divergencias específicas.
50.2.- La coordinación es imprescindible en todo momento, en
especial en las EMERGENCIAS MAYORES.
50.3.- Estos accidentes rebasan toda solución o ayuda de una
corporación por bien pertechada que se encuentre, dada la magnitud
del improvisto y que requiere de todas las agrupaciones para su
atención.
50.4.- En este operativo debemos distinguir 3 áreas:
1ª.- El foco de impacto o Area Caliente. Allí deben tener
acceso solamente los cuerpos especializados, según sea el caso.
2ª.- La zona táctica o Area Tibia. Allí deben estar los
puestos de socorro y de primeros auxilios de todas las
corporaciones, con orden y disciplina. También las ambulancias en
alerta con salidas amplias y rápidas.
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3ª.- La zona fría o Area de Acordonamiento. Aquí deben estar
la policía, los grupos para la protección de curiosos.
Aquí deben estar todos los Comandantes "Centro de
Comando" y "Coordinación" en todo el operativo.
50.5.- Se procede así: cada uno de ellos, en coordinación se
repartirán el trabajo y, a su vez, tramitarán las operaciones a
sus elementos particulares. Se utilizarán los radios para facilitar
los operativos. La disciplina puede ayudar más que la fuerza
desordenada.
50.6.- La coordinación es imprescindible en el DESASTRE. Este es
un siniestro que afecta a seres humanos o a sus intereses y que
requiere de ayuda organizada.
50.7.- Se procede así.
50.7.1.- La corporación de ayuda que llegue primero era quien
compete coordinar las maniobras, pues por el hecho de haberse
ubicado, tiene una visión amplia de la situación.
50.7.2.- Las corporaciones que lleguen después deben pedir con
todo respeto "en que pueden ayudar".
50.7.3.- Y deben ponerse a disposición para acatar las órdenes
que requieran para coadyuvar a solucionar el desastre.
50.8.- Se requiere de coordinación y colaboración en el
ACCIDENTE. Este es todo imprevisto que pone en riesgo la vida de los
seres humanos.
50.8.1.- Compete a todo ser humano prestar ayuda. La mejor que se
pueda es la que se brinda con disciplina y coordinación.
50.8.2.- El primer Brigadista que llega al lugar del accidente
compete tomar conocimiento de lo que está pasando, de la magnitud
del problema y de las estrategias para darle solución.
50.8.3.- El Brigadista que llegue posteriormente, no importa el
grado que ostenten, tienen el deber de preguntar "en que pueden
ayudar" y deben acatar las disposiciones del que llegó
primero.
50.9.- Es necesario prepararse para operar con orden antes del
operativo.
50.10.- Es necesario proceder con disciplina durante el
operativo.
50.11.- Es necesario proceder con humanidad y amor después de
terminado el operativo.
Fuente: Sr. Heriberto Cortés González
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